Definición
La nulidad de pleno derecho en contratación es la sanción jurídica más grave que afecta a un contrato o a un acto de contratación viciado por causas tasadas (falta de competencia, ausencia de procedimiento, etc.), que lo invalida desde su origen.
En detalle
Conlleva que el contrato no produce efectos y debe liquidarse. Puede declararse mediante revisión de oficio o a través del recurso especial. Es distinta de la anulabilidad (vicios menos graves).
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