El límite de 40.000 €

El contrato menor de obras tiene un umbral, IVA excluido, inferior a 40.000 €, superior al de servicios y suministros (15.000 €). Por encima hay que licitar, normalmente por abierto simplificado.

Requisitos específicos

Además del informe de necesidad y la aprobación del gasto comunes a todo contrato menor, en obras se exige el presupuesto de las obras y, cuando la normativa lo requiera por su naturaleza, el correspondiente proyecto y el informe de supervisión.

Presupuesto y proyecto

No toda obra menor necesita proyecto: depende de su entidad. Las obras de simple reparación o conservación pueden bastar con presupuesto; las que afectan a estructura o estabilidad suelen requerir proyecto técnico. Verifica la exigencia antes de contratar.

Diferencias con servicios y suministros

  • Umbral mayor: 40.000 € frente a 15.000 €.
  • Documentación técnica: presupuesto y, en su caso, proyecto.
  • Mayor control del fraccionamiento por el volumen económico.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el límite del contrato menor de obras?
Inferior a 40.000 €, IVA excluido, frente a los 15.000 € de servicios y suministros.
¿Una obra menor necesita proyecto?
Depende de su entidad. Obras de simple reparación pueden bastar con presupuesto; las que afectan a estructura o estabilidad suelen requerir proyecto técnico.
¿En qué se diferencia del contrato menor de servicios?
En el umbral (40.000 € vs 15.000 €) y en la documentación técnica exigible (presupuesto y, en su caso, proyecto).

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