La recepción del contrato
La recepción es el acto formal por el que la Administración da por entregada la prestación de conformidad. Regulada en la LCSP, marca el inicio del plazo de garantía y es requisito para liquidar y pagar el saldo.
El plazo de garantía
Tras la recepción se abre el plazo de garantía fijado en el pliego, durante el cual respondes de los vicios o defectos que aparezcan. Si surgen, la Administración puede exigir su reparación con cargo a tu garantía.
Liquidación
Transcurrido el plazo de garantía sin objeciones, se procede a la liquidación: el ajuste final de cuentas del contrato (mediciones, saldos, posibles penalidades). Es el cierre económico.
Devolución de la garantía
Cumplido el plazo de garantía y aprobada la liquidación, se acuerda la devolución o cancelación de la garantía definitiva. El órgano debe resolver en el plazo legal; transcurrido sin respuesta, procede su cancelación.
Preguntas frecuentes
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