La recepción del contrato

La recepción es el acto formal por el que la Administración da por entregada la prestación de conformidad. Regulada en la LCSP, marca el inicio del plazo de garantía y es requisito para liquidar y pagar el saldo.

El plazo de garantía

Tras la recepción se abre el plazo de garantía fijado en el pliego, durante el cual respondes de los vicios o defectos que aparezcan. Si surgen, la Administración puede exigir su reparación con cargo a tu garantía.

Liquidación

Transcurrido el plazo de garantía sin objeciones, se procede a la liquidación: el ajuste final de cuentas del contrato (mediciones, saldos, posibles penalidades). Es el cierre económico.

Devolución de la garantía

Cumplido el plazo de garantía y aprobada la liquidación, se acuerda la devolución o cancelación de la garantía definitiva. El órgano debe resolver en el plazo legal; transcurrido sin respuesta, procede su cancelación.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la recepción del contrato?
El acto formal por el que la Administración da por entregada la prestación de conformidad; marca el inicio del plazo de garantía.
¿Para qué sirve el plazo de garantía?
Es el periodo posterior a la recepción durante el cual el contratista responde de los vicios o defectos que aparezcan en la prestación.
¿Cuándo se devuelve la garantía definitiva?
Tras cumplirse el plazo de garantía y aprobarse la liquidación, sin objeciones. El órgano debe resolver en el plazo legal.

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