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Por el equipo de Licitia
Actualizado: Junio 2026
Qué es el órgano de contratación en contratación pública
El órgano de contratación es la autoridad o unidad de una entidad del sector público competente para celebrar contratos en su nombre: decide iniciar la licitación, aprueba los pliegos y adjudica.
Definición
El órgano de contratación es la autoridad o unidad de una entidad del sector público competente para celebrar contratos en su nombre: decide iniciar la licitación, aprueba los pliegos y adjudica.
En detalle
Es quien tiene la potestad de contratar y de ejercer las prerrogativas (interpretar, modificar, resolver). No hay que confundirlo con la mesa de contratación, que solo valora y propone: el órgano es quien decide y firma.
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Preguntas frecuentes
¿Quién es el órgano de contratación?
La autoridad o unidad de la entidad pública competente para celebrar el contrato: aprueba los pliegos, adjudica y ejerce las prerrogativas.
¿Es lo mismo que la mesa de contratación?
No. La mesa valora las ofertas y propone; el órgano de contratación decide y adjudica.