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Calculadora de garantías
Calcula la garantía definitiva, provisional y complementaria de un contrato público según los arts. 106-107 de la LCSP. Introduce los importes y obtén el resultado al instante.
Base de la garantía definitiva (5 %).
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Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto es la garantía definitiva en una licitación?
- Con carácter general, la garantía definitiva es el 5 % del importe de adjudicación, IVA excluido (art. 107.1 LCSP). En casos especiales el órgano de contratación puede exigir una garantía complementaria de hasta un 5 % adicional, de modo que la garantía total alcance el 10 %.
- ¿Cuándo se exige garantía provisional?
- La garantía provisional es excepcional: solo se exige cuando esté justificado en el expediente y así lo prevea el pliego. Su importe no puede superar el 3 % del presupuesto base de licitación, IVA excluido (art. 106 LCSP).
- ¿Sobre qué importe se calcula la garantía definitiva?
- Por regla general, sobre el importe de adjudicación sin IVA. Cuando el precio del contrato se determine en función de precios unitarios, el pliego puede fijar la garantía sobre el presupuesto base de licitación.
- ¿Qué formas puede adoptar la garantía?
- Efectivo, aval bancario, seguro de caución o retención en el precio, según prevea el pliego. Esta calculadora solo determina el importe; la forma de constituirla la regula el art. 108 LCSP.
¿Quieres profundizar? Lee la guía completa de garantías en licitaciones.