La mejor relación calidad-precio
La LCSP (art. 145) establece que la adjudicación se basa en la mejor relación calidad-precio, evaluada con criterios económicos y cualitativos. La ley desincentiva adjudicar solo por el precio más bajo y obliga a motivar la elección de los criterios en función del objeto del contrato. El precio único como criterio queda reservado a prestaciones perfectamente estandarizadas.
Criterios automáticos frente a juicio de valor
- Criterios evaluables mediante fórmula (automáticos): se aplican con una operación matemática (precio, plazo, ampliación de garantía). Van en el sobre C.
- Criterios sujetos a juicio de valor: requieren una valoración técnica (memoria, metodología, calidad de la propuesta). Van en el sobre B y se valoran antes de abrir el precio, para que la nota técnica no quede contaminada por el dato económico.
Cuando los criterios de juicio de valor superan en peso a los automáticos, su valoración corresponde a un comité de expertos u organismo técnico independiente, no a la mesa de contratación. Es una garantía de objetividad que conviene conocer.
Criterios cualitativos, sociales y ambientales
Más allá del precio, el pliego puede valorar la calidad técnica, la organización y cualificación del equipo adscrito, el servicio posventa, o características sociales y ambientales (eficiencia energética, huella de carbono, inserción laboral). Estos criterios deben estar vinculados al objeto del contrato y ser medibles; no pueden encubrir requisitos de solvencia.
El coste del ciclo de vida
La LCSP permite valorar el coste del ciclo de vida en lugar del precio puro: no solo lo que cuesta adquirir, sino mantener, consumir y desechar la prestación. En contratos de equipos o energía, ofertar pensando en el coste total —y no en el precio de compra— puede darte ventaja frente a competidores más baratos pero menos eficientes.
Ponderación y umbrales mínimos
El pliego asigna un peso a cada criterio (en puntos o porcentaje). Puede fijar umbrales mínimos: si no alcanzas la puntuación técnica mínima, quedas excluido aunque tu precio sea el mejor. Lee siempre esta parte del pliego antes de ofertar: un umbral mal calculado es una causa frecuente de exclusión sorpresa.
Fórmulas de valoración del precio
El precio rara vez se valora de forma lineal pura. Las fórmulas habituales reparten los puntos de forma proporcional inversa (cuanto más bajo, más puntos, con referencia a la mejor oferta o a la media) y pueden penalizar tanto el precio alto como, a veces, el excesivamente bajo. Conocer la fórmula concreta te dice cuánto ganas realmente por cada euro que bajas y dónde está el punto de rendimientos decrecientes —además del umbral de baja temeraria.
Criterios de desempate
Cuando dos ofertas empatan en puntos, la LCSP aplica criterios de desempate como mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad, condición de empresa de inserción, o medidas de igualdad de género. Acreditar estas circunstancias en la oferta puede inclinar la balanza en un empate.
Estrategia de oferta
Reparte tu esfuerzo según los pesos: si la calidad pondera el 60%, una memoria excelente vale más que recortar margen. Calcula el precio que maximiza puntos sin entrar en temeraria, asegúrate de superar todos los umbrales mínimos y documenta cualquier criterio social o de desempate que puedas acreditar.
Preguntas frecuentes
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